La Plata,  19 de septiembre de 2022.-

Expediente Nº 53/2022
Partido: “ASTILLEROS vs. UNIVERSITARIO”  
Categoría: U-13

 

Encontrándose presentes los miembros del Tribunal de Penas

Presidente: Dr. Andrés Blas ROMAN
Secretario: Dr. Javier Enrique MENNA
Vocal Titular: Dr. Nicolás BERTSCH
Vocal Titular: Dr. Manuel FERNANDEZ
Vocal Titular: Dr. Bernardo BRAVIZ LOPEZ
Vocal Suplente: Dr. Martín MALUENDEZ
Vocal Suplente: Dr. Hernán MENESES

VISTO: El Recurso de Reconsideración con Apelación en Subsidio articulado con fecha 06 de mayo de 2022, por el árbitro involucrado, Sr. Laureano PIZARRO, contra la Resolución dictada por éste Tribunal, en el expediente Nº 53/2022, con fecha 14 de septiembre de 2022; y

CONSIDERANDO:
I.- Que la resolución recurrida fue dictada por éste Tribunal el día 14 de septiembre de 2022, y notificada mediante su publicación en el Boletín Nro. 48 de la página oficial de la Asociación Platense de Básquetbol, por lo que el recurso deviene temporalmente admisible, habida cuenta que ha sido interpuesto con fecha 16 de septiembre de 2022.
II.- Que sentado lo anterior, es necesario precisar que, mediante el remedio utilizado, se pretende la revocación de la resolución de éste Tribunal, persiguiendo el dictado de un nuevo pronunciamiento, en base a las consideraciones y fundamentaciones volcadas en dicha presentación.
III.- Que de los términos del Recurso no surgen elementos o circunstancias que confieran andamiento a la reconsideración planteada, constituyendo meras discrepancias con el criterio expresado por éste Tribunal.
IV.- Que las manifestaciones efectuadas por el recurrente no ofrecen argumentos que permitan conmover los fundamentos invocados en el fallo, así como las conclusiones del mismo, reflejando disconformidades con lo decidido por el Tribunal, no resultando suficientes para descalificarlo.
V.- Que, en definitiva, el recurso bajo análisis no introduce nuevos elementos que demuestren la arbitrariedad del fallo, ni abona la existencia de errores de hecho en los que se hubiera incurrido en el decisorio.
Por todo lo expuesto, éste Tribunal:

R E S U E L V E :

ARTICULO 1.- RECHAZAR EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN planteado por el ARBITRO, Sr. Laureano PIZARRO, y confirmar en todos sus términos el fallo de este Tribunal de fecha 14 de septiembre de 2022.
ARTICULO 2º.- CONCEDER EL RECURSO DE APELACIÓN EN SUBSIDIO INTERPUESTO, debiendo dar cumplimiento con lo normado en los arts. 101º, 102º, 106º y cc del código de procedimiento, y posteriormente disponer la elevación del presente al Superior.

ARTICULO 3º.- Publíquese íntegramente la presente resolución en el Boletín Oficial.-

 

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Expediente  Nº 56/2022
Partido: “VILLA SAN CARLOS vs C.E.y.E."
Categoría: U-15

Dar  VISTA de las presentes actuaciones al Club VILLA SAN CARLOS y a su jugador CERNUSCHI T. (F.084), y al Club C.E.y.E. y a su jugador PADRON A. (F.387) a fin de que eleven sus descargos por escrito,  dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, atento al informe presentado por los árbitros del encuentro Sres. Iago Giacobini  y Fabricio Almandoz. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación copia del informe que diera origen al presente expediente..

SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 20 de Setiembre de 2022.-

 

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Expediente  Nº 57/2022
Partido: “PLATENSE vs DEPORTIVO LA PLATA"
Categoría: SUB-23         

Dar  VISTA de las presentes actuaciones al Club DEPORTIVO LA PLATA y a su jugador DIAZ J. (F.852), a fin de que eleven sus descargos por escrito,   dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, atento al informe presentado por los árbitros del encuentro Sres. Enzo Díaz Gira  y Fabricio Almandoz. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación copia del informe que diera origen al presente expediente..

SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 20 de Setiembre de 2022.-

 

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Expediente  Nº 58/2022
Partido: “BANCO PROVINCIA vs UNION VECINAL"
Categoría: MAXI BASQUET +35

Dar  VISTA de las presentes actuaciones al Club BANCO PROVINCIA y a su jugador PEREYRA (F.042), a fin de que eleven sus descargos por escrito,   dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, atento al informe presentado por los árbitros del encuentro Sres. Pedro Morales y Sebastián Ramírez. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación copia del informe que diera origen al presente expediente..

SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 20 de Setiembre de 2022.-